texto

texto


   
  CIRCULO-RED INTERNACIONAL DE CIENCIA POLÍTICA Y DERECHO
  Título IV
 


TITULO-IV

DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
 
CAPÍTULO XV
DEL GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN
 
Artículo 34º.- Son Órganos de Administración de la Asociación:
a) La Asamblea General
b) El Consejo Directivo
c) El Comité Consultivo
e) Las Comisiones Especializadas
 
CAPÍTULO XVI
DE LA ASAMBLEA GENERAL
 
Artículo 35º.- La Asamblea General es el órgano supremo de la Asociación y está constituido por todos los asociados. Será presidido por el Presidente Ejecutivo del Consejo Directivo.
 
Artículo 36º.- Las sesiones de la Asamblea General pueden ser ordinarias y extraordinarias. Las reuniones ordinarias se realizaran semestralmente; y las reuniones extraordinarias cada vez que sea convocado por el Presidente Ejecutivo por iniciativa propia o a solicitud de la mayoría del Concejo Directivo.
 
Artículo 37º.- Las convocatorias a las Asambleas Generales serán realizadas mediante esquelas, correo electrónico o cualquier otro medio electrónico, por el Presidente Ejecutivo y se harán conocer con un mínimo de 3 días de anticipación.  Dependiendo del medio que se utilice deberá quedar constancia de la Convocatoria. En el aviso constará la agenda, fecha, hora, lugar de reunión, así como la segunda convocatoria, si procediera.
 
Artículo 38º.- Son funciones y atribuciones de la Asamblea General:
a) Aprobar el Informe Anual del Consejo Directivo, así como el Programa de Ciber-Conferencias Virtuales.
b) Elegir regularmente a los miembros del Consejo Directivo.
c) Aprobar la incorporación de nuevos miembros a la Asociación y revisar las sanciones.
d) Aprobar el Reglamento Interno y cualquier trabajo de comisión.
e) Modificar los Estatutos de la Asociación.
 
Artículo 39º.- Los acuerdos de Asamblea General serán obtenidos por mayoría absoluta de los asistentes, excepto para los casos de modificación del Estatuto, exclusión de un asociado y disolución de la Asociación, en los que los acuerdos serán obtenidos por mayoría de 2/3.
 
CAPÍTULO XVII
DEL CONSEJO DIRECTIVO
 
Artículo 40º.- El Consejo Directivo es el órgano ejecutivo en la dirección, administración y representación de la Asociación. Es elegido por un periodo de 1 año y estará integrado por 5 (o más) miembros, quienes podrán ser reelegidos.
 
Artículo 41º.- El quórum de los Consejos Directivos será de 13 miembros. Los acuerdos se adoptan por mayoría simple excepto cuando se trate de sancionar a un asociado, en cuyo caso se requiere los 2/3 de los miembros del Consejo. Se reúne una vez al mes y extraordinariamente cuando los asuntos a tratar así lo requieran. Es convocado por el Presidente Ejecutivo.
 
Artículo 42º.- Son atribuciones del Consejo Directivo las siguientes:
a) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General
b) Dirigir y administrar la Asociación, haciendo cumplir el Estatuto y los Reglamentos.
c) Elaborar el Programa Anual de Ciber-Conferencias, así como el Plan de Trabajo,
d) Convocar a elecciones del nuevo Consejo Directivo.
e) Contratar, promover y remover al personal que labora en la Asociación, así como realizar contratos varios.
f) Dictar las sanciones previstas en el Estatuto
g) Asegurar la Adecuada dirección de la Asociación, adoptando los acuerdos y dictando las disposiciones que se requieren para su buen funcionamiento.
h) Aprobar el ingreso de nuevos asociados
i) Otorgar poderes de representación general y especial.
 
Artículo 43º.- El Consejo Directivo está integrado por:
a) Presidente Ejecutivo
b) Vice-Presidente
c) Secretario de Actas y Archivos
d) Secretario de Organización.
f) Secretario de Imagen Institucional
 
Artículo 44º.- El Presidente Ejecutivo es el representante legal de la Asociación y sus funciones son:
a) Representar a la Asociación en todos los actos públicos y privados.
b) Supervisar la marcha administrativa de la Asociación.
c) Suscribir o refrendar los documentos y firmar las actas con el Secretario de Actas y Archivos.
d) Hacer cumplir y ejecutar los acuerdos de Asamblea General y Consejo Directivo.
f) Convocar y presidir las Asamblea Generales y las sesiones del Consejo Directivo.
 
Artículo 45º.- El Vice-Presidente reemplaza al Presidente en los casos de renuncia, ausencia, licencia o impedimento. Realiza igualmente la función de coordinación entre las diferentes secretarías y otras delegadas por el Presidente o el Concejo Directivo.
 
Artículo 46º.- La Secretaría de Actas y Archivos supervisa el aspecto documentario de la Asociación y sus funciones son:
 
a) Cumplir las tareas que el Consejo Directivo o Asamblea General le encomienden, manteniendo al día el Libro de Actas y ordenando la documentación correspondiente.
b) Redactar, suscribir y firmar las actas de Asambleas con el Presidente.
c) Conservar los documentos de la Asociación, llevando para ello los archivos correspondientes.
d) Ejercer todos los demás poderes inherentes a su cargo
 
Artículo 47º.- La Secretaría de Organización se encarga de organizar todos los actos de la Asociación, siendo sus funciones las siguientes:
 
a) Tener al día y ordenado el Libro de Padrón de Socios
b) Organizar a todas las Secretarías según su función
c) Coadyuvar a la organización de actividades académico-profesionales.
d) Supervisar el funcionamiento de los Directivos y el trabajo de las Comisiones de la Asociación.
 
Artículo 48º.- La Secretaría de Imagen Institucional se encarga de promocionar y difundir la imagen de la Asociación posicionándola ante diversas entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales. Realiza a ese fin coordinaciones y vínculos con dichas entidades, propiciando el desarrollo institucional.
 
CAPÍTULO XVIII
DEL COMITÉ CONSULTIVO
 
Artículo 49º.- El Comité Consultivo es un órgano auxiliar de asesoría y consejería en todos los asuntos que le sean encargados por la Asamblea General de Asociados o el Consejo Directivo. Está conformado hasta por 5 asociados, pudiendo ser igualmente terceros, debiendo ser designados por el Consejo Directivo. Se reunirá por convocatoria del Presidente cuando su asesoría sea requerida y emitirá opinión con el acuerdo de la mayoría simple de sus integrantes.
 
 
CAPÍTULO XIX
DE LAS COMISIONES ESPECIALIZADAS
 
LAS COMISIONES ESPECIALIZADAS
Artículo 50º.- Las Comisiones Especializadas son grupos de asociados organizados según mandato de la Asamblea General o el Consejo Directivo con el propósito de realizar labores particulares tendientes a coadyuvar los objetivos y fines institucionales. Las Comisiones Especializadas están conformadas por:
 
a)►La Comisión de RRII.
b)►La Comisión de Ciber-Eventos (Conferencias, Debates y/o Tertulias)
c)►La Comisión de CCAA.
c)►La Comisión de MP.
 
COMISIÓN DE RELACIONES INTERNACIONALES (RRII)
Artículo 51º.- La Comisión de RRII es una organización especializada para promover las Relaciones InterNacionesles Académico-Profesionales de Cooperación e Integración con centros, círculos, institutos académicos de estudios e investigaciones de Ciencia Política y/o Derecho; y coordinar ciber-conferencias académicos-intelectuales. Se organiza de la siguiente forma:
 
POLÍTICA Y CIENCIA POLÍTICA:
a)►Director Ejecutivo de RRII
b)►Colaboradores Proactivos.
 
DERECHO Y CIENCIA JURÍDICA:
a)►Director Ejecutivo de RRII
b)►Colaboradores Proactivos.
 
COMISION DE CIBER-EVENTOS (CEE)
Artículo 52º.- La Comisión de CEE es una organización especializada para realizar el Ciclo Mensual de Ciber-Conferencias y Tertulias Virtuales de Ciencia Política y Derecho. Se organiza de la siguiente forma:
a)►Director de Ciber-Eventos (Nombre y Email requerido)
b)►Actores del CiberEvento: a) Ponente, b) Moderador, c) Coordinador, y d) WebMaster (@dministrador de la Sala-Auditorio Virtual de Política y Derecho)
c)►Colaboradores (Asistentes y Participantes).
 
El Director, los Actores y Colaboradores son requisitos primordiales para que se realicen las ciber-conferencias de política y derecho.
 
El Director, los Actores y Colaboradores han de requerir en forma obligatoria su USERNAME (NickName Paltalk) para el ingreso al Ciber-Auditorio-Sala de CiberConferencias, Debates y Tertulias Virtuales de Ciencia Política y Derecho.
 
COMISION DE CIRCULOS ACADÉMICOS (CCAA)
Artículo 53º.- La Comisión de CCAA es una organización especializada para realizar coordinaciones, tratativas y relaciones académico-estudiantiles-profesionales a nivel nacional con círculos, centros, institutos académicos de estudios e investigaciones de Ciencia Política y/o Derecho; y co-organizar ciber-tele-conferencias académicas-intelectuales con la Comisión de CEE. Esta constituido por:
 
POLÍTICA Y CIENCIA POLÍTICA:
a)►Director Ejecutivo de CCAA.
b)►Colaboradores Proactivos.
 
DERECHO Y CIENCIA JURÍDICA:
a)►Director Ejecutivo de CCAA.
b)►Colaboradores Proactivos.
 
COMISION DE MAKKETING Y PUBLICIDAD (CMP)
Artículo 54º.- La Comisión de CCAA es una organización especializada para marketear y publicitar el Circulo-Red de Ciencia Política y Derecho en la Ciber-Comunidad Nacional e Internacional de Ciencia Política y Derecho (Ciber-Foros, Ciber-Grupos, Círculos Virtuales, etc.). Cursar y hacer extensiva Invitaciones a centros, círculos, institutos académicos de estudios e investigaciones de Ciencia Política y/o Derecho para su participación a ciber-conferencias académicos-intelectuales y debates-tertulias virtuales. Se organiza de la siguiente forma:
 
POLÍTICA Y CIENCIA POLÍTICA:
a)►Director Ejecutivo de MP.
b)►Colaboradores Proactivos.
 
DERECHO Y CIENCIA JURÍDICA:
a)►Director Ejecutivo de MP.
b)►Colaboradores Proactivos.
 
REQUISITOS PARA SER DIRECTOR EJECUTIVO Y COLABORADOR DE LAS COMISIONES ESPECIALES
Artículo 55º.- Los Requisitos para ser Director Ejecutivo son: Presentar Hoja de Datos Personales Referenciales:
a) Foto [Opcional]
b) Nombre(s) (Requerido).
c) WebSite: Blog o Hi5 (Requerido)
d) Email (Requerido).
 
Artículo 56º.-Los Requisitos para ser Colaborador son: Presentar Hoja de Datos Referenciales Personales:
a) Nombre(s): [Requerido]
b) WebSite: Blog o Hi5 (Opcional)
c) Email: (Opcional)
 
Artículo 57º.-Los Directores Ejecutivos y Colaboradores de las Comisiones Especializadas asumirán el cargo rotatorio por un periodo de 1 Bimestre, Cuatrimestre, Semestre o 1 año cronológico.
 
 
 
  Hoy habia 1 visitantes (3 clics a subpáginas) ¡Aqui en esta página!  
 
BIENVENID@ AL CIBER-CÍRCULO-RED INTERNACIONAL DE CIENCIA POLÍTICA Y DERECHO Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis