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  CIRCULO-RED INTERNACIONAL DE CIENCIA POLÍTICA Y DERECHO
  Título V
 


TITULO-V

DE LA DISCIPLINA Y DISPOSICIONES
 
CAPITULO-XX
DE LA DISCIPLINA, FALTAS Y SANCIONES
 
Artículo 58º.- La disciplina es de carácter preventivo y educativo, cuyo cumplimiento es obligación (sin excepción de cargo), para todos los integrantes de la Organización.
 
Artículo 59º.- Serán sancionadas las siguientes faltas:
a) El incumplimiento de las Atribuciones y Funciones.
c) El incumplimiento de las Obligaciones y los Deberes.
 
Artículo 60º.- Tomando en cuenta la gravedad de las faltas, se aplicaran las siguientes sanciones.
a). Llamada de atención.
b). Amonestación escrita.
c). Suspensión temporal.
d). Separación de la asociación.
e). Expulsión.
 
Artículo 61º.- Las sanciones se adoptan en la reunión del directorio.
 
 
CAPITULO XXI
DE LAS VACANCIAS DE CARGOS
 
Artículo 62º.- Las vacancias de cargos será declarada por Asamblea General en casos de fallecimiento, renuncia, destitución y exclusión, incapacidad permanente o abandono del cargo durante tres meses. La cobertura de la vacancia del cargo de Presidente será por el Vice-Presidente y en los demás cargos serán nombrados por la Asamblea General para el tiempo de mandato que reste cumplir.
 
CAPITULO-XXII
DISPOSICIONES TRANSITORIAS-COMPLEMENTARIAS
 
PRIMERO.- Todas las disposiciones del presente reglamento rigen al día siguiente de su aprobación por la asamblea general.
SEGUNDO.- Los asociados que no pueden asistir a las asambleas o a cualquier actividad  o se retirasen en forma temporal de la Asociación, deberán solicitar sus excusas por escrito y oportunamente comprobado dirigido al Presidente o ante los órganos de la Asociación, sometiéndose a aceptar  y cumplir con sus obligaciones de conformidad con el  Estatuto, Reglamento Interno y acuerdos de la Asamblea General.
 
CAPITULO-XXIII
DISPOSICIONES FINALES
 
PRIMERO.- La institución rige sus actividades y relaciones por el presente reglamento, en concordancia con el estatuto general.
SEGUNDO.- Toda situación o relación que no regule el presente reglamento será normado por la Asamblea General.
 
 
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CIR-INTER-POLYDER®___Perú, 2008
 
 
 
 
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